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Jueves, 27 de Noviembre del 2014 
-PONDRÁN EN FUNCIONAMIENTO OFICINA DE SUNARP EN OLMOS. 
El día de mañana, viernes 28 de Noviembre se inaugura la Oficina Receptora de la SUNARP en la ciudad de Olmos la misma que se encuentra dentro de la competencia de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo. 
La ceremonia a realizarse a las 12 del día será encabezada por el Superintendente Nacional de esta entidad Mario Solari Zerpa y a la cual han sido invitadas autoridades del distrito de Olmos y de la Región Lambayeque. 
La oficina a inaugurarse, se encuentra ubicada en la intersección de las calles Santo Domingo y Huáscar en pleno centro de la ciudad “Capital del Limón”.
 Como se conoce mediante Resolución 066-2014-SUNRP/SN firmada por Mario Solari Zerpa, Superintendente Nacional, se dispuso la creación y funcionamiento de la Oficina Receptora de Olmos, la misma que prestará los servicios de recepción de títulos y servicios de publicidad registral y demás servicios que la zona II registral considere oportuno. 
De esta manera, los pobladores del distrito de Olmos, ya no tendrán que viajar hasta la ciudad de Chiclayo, para realizar trámites ante esta dependencia. 
 A continuación tenor del dispositivo que crea la Oficina en Olmos. 
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 066 -2014-SUNARP/SN
Lima, 28 de marzo de 2014
VISTOS; el Informe N° 119-2014-SUNARP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Oficio N° 096-2014/Z.R.N°II-JEF remitido por la Jefatura de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo adjuntando el Informe Técnico del Área de Planeamiento y Presupuesto, Informe N° 408-2013/Z.R.N°II-GR de la entonces Gerencia Registral, ahora Unidad Registral, Informe N° 003-2014/Z.R.N°II-UTI de la Unidad de Tecnología de la Información; así como el Memorándum N° 223-2014-SUNARP/OGA elaborado por la Oficina General de Administración, el Informe N° 158-2014-SUNARP/DTR
emitido por la Dirección Técnica Registral; y, el Informe N° 261-2014-SUNARP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Sede Central;

CONSIDERANDO;
-Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, creada por Ley N° 26366, es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnico-administrativas de los Registros Públicos;
-Que, la Jefatura de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, mediante el Oficio N° 096-2014/Z.R.N°II-JEF, solicitó se autorice la apertura de la Oficina Receptora en el distrito de Olmos en la provincia y departamento de Lambayeque;
-Que, de los informes de Vistos se observa que éstos cumplen con lo establecido en la Directiva N° 002-2008-SUNARP-GPD/SN, Procedimiento de autorización para la creación, supresión o traslado de las Oficinas Receptoras de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; en ese sentido, resulta procedente autorizar el pedido solicitado; ello, en aras de desconcentrar la prestación de los servicios registrales y así brindar una mejor atención a los ciudadanos del distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque;
Estando a las consideraciones que anteceden, conforme a lo establecido en el inciso x) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; y, en virtud de la facultad delegada al Superintendente Nacional mediante Sesión de Directorio, hoy Consejo Directivo, N° 290 de fecha 05 de febrero 2013 para la aprobación, creación, supresión o traslado de Oficinas Receptoras;
Con los vistos de la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección Técnica Registral y la Oficina General de Administración;

SE RESUELVE:
-Artículo Primero.- Autorizar la creación y funcionamiento de la Oficina Receptora de Olmos, ubicada en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, dentro de la competencia de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo; dando cuenta al Consejo Directivo.
La Oficina Receptora, como unidad de ejecución de la Zona Registral, se encargará de prestar los servicios de recepción de títulos y servicios de publicidad registral, además de los servicios que la Zona Registral considere oportuno implementar. El detalle de los servicios a prestar será determinado por resolución emitida por el Jefe Zonal.
-Artículo Segundo.- Encargar al Jefe de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, llevar a cabo todas las acciones que correspondan para la implementación y cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos

Local donde funcionará la Oficina receptora de SUNARP en el distrito de Olmos.
La Oficina de SUNARP se ubica en la intersección de la Calle Santo Domingo y Huáscar.

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