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Jueves, 22 de Septiembre del 2016 
SERFOR REGISTRA LA PRIMERA PLANTACIÓN DE CAOBA INSTALADA EN OLMOS.. 
El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) registró la primera plantación de caoba en predio privado del distrito de Olmos. 
La madera de esta especie forestal, es una de las más cotizadas y apreciadas en el mercado internacional, por lo que se le busca y extrae de los rincones más remotos de las selvas tropicales de América, ocasionándole alta presión comercial, exponiéndola a su extinción. 
Esta plantación forestal es iniciativa de Nils Perez Ocupa, un joven profesional, que, gracias a su emprendimiento e investigaciones, logró establecer 1 250 árboles de caoba (Swietenia macrophylla) en un área de 2.5 hectáreas de bosque seco. 
Esta experiencia, bajo sistema de riego, resulta exitosa porque consigue que una especie en peligro crítico y endémico de los bosques tropicales, como es la caoba, se adapte a las condiciones climáticas particulares que se presentan en el ecosistema del norte del país. Jessica Oliden García, responsable de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Lambayeque, oficina descentralizada del SERFOR, resaltó que la plantación no ha sido víctima de la Hipsiphylla grandella, que amenaza a la caoba en zonas tropicales e impide su desarrollo. 
“Este hecho representa un avance en las investigaciones que se realizan en torno a esta especie forestal; lo que significaría que las condiciones climáticas del bosque seco son óptimas para las plantaciones de caoba bajo riego”, manifestó. 
La funcionaria saludó la iniciativa de este joven emprendedor y recalcó que el Estado peruano, a través del SERFOR, brinda asistencia técnica e impulsa el Sistema Nacional de Plantaciones Forestales; además, a través del crédito agroforestal, el AGROBANCO otorga financiamiento para el establecimiento de plantaciones forestales, para que se conviertan en una actividad económica rentable y sostenible. 
Cabe mencionar que la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 29763, establece como infracciones muy graves: “adquirir, transformar, comercializar, exportar, poseer recursos o productos forestales, extraídos sin autorización”. La sanción es el pago de una multa superior a los 39 mil 500 soles, equivalente a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). 
 Las plantaciones forestales son cultivos de árboles de especies forestales nativas o exóticas destinados a la obtención de madera, látex y resinas, entre otros productos derivados para industrialización o comercialización. 
La madera es la única mercancía cuya demanda a nivel global va en aumento, dado el crecimiento poblacional y la naturaleza de su uso como parte inherente de la vida del ser humano.
Plantaciones de caoba en el distrito de Olmos.
Las condiciones climáticas del distrito de Olmos, favorecen el cultivo de Caoba.

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