Sábado, 31 de Mayo del 2025
DESPUES DE TRES AÑOS EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL LE DA LA
RAZÓN AL EX PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD CAMPESINA SANTO DOMINGO DE OLMOS, JOSE
DE LOS SANTOS ARROYO SOPLOPUCO.
El Tribunal Constitucional de la República, emitió hoy 31
de mayo una sentencia favorable al ex Presidente de la Comunidad Campesina
Santo Domingo de Olmos, José de los Santos Arroyo Soplopuco, quien en el año
2022, presentó un recurso de agravio constitucional en su calidad de Presidente
comunal en contra de la Resolución 21 de fecha 11 de julio del 2022 que declaró
infundada una demanda presentada en contra del alcalde de entonces, el
procurador municipal, EPSEL y otros.
El ex dirigente interpuso dicha demanda de amparo contra
la autoridad municipal, pidiendo la cancelación de la autorización para el
vertimiento de aguas residuales en la las lagunas de oxidación (PTAR), debido
al exceso de los líquidos que causaron derrames sobre la quebrada de Pumpurre y
Nitape, llegando al rio Olmos, produciendo un alto grado de contaminación
ambiental que afecta la crianza de animales, cultivos y salud.
El TC en su fallo, declara fundado el pedido en parte de
José de los Santos Arroyo Soplopuco y ordena a la Municipalidad Distrital de
Olmos, disponga lo conveniente para emplear el presupuesto necesario y tomar
las acciones correspondientes dirigidas a realizar el inmediato mantenimiento y
actividades que detengan el relave de las aguas residuales de la PTAR hacia las
fuentes de agua natural ( Quebrada Pumpurre, Nitape y río Olmos) de forma
inmediata.
Asimismo ordena al ayuntamiento que cumpla con realizar
las acciones que se requieran para mitigar la contaminación y descontaminar las
fuentes de agua.
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