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Sábado, 31 de Mayo del 2025
DESPUES DE TRES AÑOS EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL LE DA LA RAZÓN AL EX PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD CAMPESINA SANTO DOMINGO DE OLMOS, JOSE DE LOS SANTOS ARROYO SOPLOPUCO.
El Tribunal Constitucional de la República, emitió hoy 31 de mayo una sentencia favorable al ex Presidente de la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos, José de los Santos Arroyo Soplopuco, quien en el año 2022, presentó un recurso de agravio constitucional en su calidad de Presidente comunal en contra de la Resolución 21 de fecha 11 de julio del 2022 que declaró infundada una demanda presentada en contra del alcalde de entonces, el procurador municipal, EPSEL y otros.
El ex dirigente interpuso dicha demanda de amparo contra la autoridad municipal, pidiendo la cancelación de la autorización para el vertimiento de aguas residuales en la las lagunas de oxidación (PTAR), debido al exceso de los líquidos que causaron derrames sobre la quebrada de Pumpurre y Nitape, llegando al rio Olmos, produciendo un alto grado de contaminación ambiental que afecta la crianza de animales, cultivos y salud.
El TC en su fallo, declara fundado el pedido en parte de José de los Santos Arroyo Soplopuco y ordena a la Municipalidad Distrital de Olmos, disponga lo conveniente para emplear el presupuesto necesario y tomar las acciones correspondientes dirigidas a realizar el inmediato mantenimiento y actividades que detengan el relave de las aguas residuales de la PTAR hacia las fuentes de agua natural ( Quebrada Pumpurre, Nitape y río Olmos) de forma inmediata.
Asimismo ordena al ayuntamiento que cumpla con realizar las acciones que se requieran para mitigar la contaminación y descontaminar las fuentes de agua.



 

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