Sábado, 29 de Noviembre del 2025
LAS VOTACIONES EN LAS ELECCIONES GENERALES DE ABRIL DEL
2026 SERÁN DESDE LAS 7.00 AM A 5.00 PM
Se publicó la ley 32166 que dispone que en la próximas
elecciones generales y municipales el periodo de votación será desde las 7.00
horas a 17.00 horas ( 7.00 am a 5.00 pm).
LO QUE DICE LA LEY…
Los miembros de las mesas de sufragio se reúnen en el
local señalado para su funcionamiento a las 06:00 horas del día de las
elecciones, a fin de que aquellas sean instaladas a las 07:00 horas, a más
tardar.
Si a las 07:00 horas la mesa de sufragio no hubiese sido
instalada por inasistencia de uno de los miembros titulares, se instala con los
dos titulares que estuviesen presentes y con un suplente. El secretario asume
la presidencia si el que falta fuese el presidente. Desempeña la secretaría el
otro titular.
Si fuesen dos los titulares inasistentes, son
reemplazados por dos suplentes. Asume la presidencia el titular presente.
Si con los miembros asistentes, titulares o suplentes, no
se alcanza a conformar el personal de la mesa de sufragio, quien asuma la
presidencia lo completa con cualquiera de los electores presentes.
Si no hubiesen concurrido ni los titulares ni los
suplentes, el presidente de la mesa que antecede o, a falta de éste, el
presidente de la mesa que le sigue en numeración designa al personal que debe
constituir la mesa. Se selecciona a tres electores de la mesa respectiva que se
encuentren presentes, de manera que la mesa comience a funcionar a las 07:15
horas. El presidente puede ser auxiliado por la fuerza pública si fuera
necesario.
La votación termina a las 17:00 horas del mismo día. Se
procede a cerrar el ingreso a los locales de votación. Los presidentes de mesa
solo reciben el voto de todos los electores que hayan ingresado al local antes
de la hora de cierre, bajo responsabilidad.
Se publicó la ley 32166 que dispone que en la próximas elecciones generales y municipales el periodo de votación será desde las 7.00 horas a 17.00 horas ( 7.00 am a 5.00 pm).

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