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Viernes, 21 de Agosto del 2026
CANDIDATO DE JUNTOS POR EL PERÚ, JULIO SUCHERO PODRÍA SER EXCLUÍDO AL OMITIR INFORMACIÓN EN SU HOJA DE VIDA
El Jurado Electoral Especial de Chiclayo, dispuso iniciar procedimiento sancionador de exclusión contra el candidato del partido Juntos por el Perú,  Julio Alexander Suchero Mio, al haberse advertido la omisión de información en el Rubro V de su Declaración Jurada de Hoja de Vida, de conformidad al numeral 22.2 del artículo 22 del Reglamento de la Declaración Jurada de Hoja de Vida de Candidato para las Elecciones Regionales y Municipales 2026 aprobado mediante Resolución N°0846-2026-JNE.
De acuerdo  a la Resolución N° 02066-2026-JEE-CHYO/JNE, el candidato a la alcaldía de Olmos, Suchero Mio  registra una sentencia condenatoria, la misma que corresponden al delito de Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar (Art. 122-B), contenida en el Expediente N°00001-2022-81-1706-JR-PE-05 tramitado en el 3° Juzgado Unipersonal - Chiclayo, la cual no fue declarada en su declaración de la hoja de vida.
De acuerdo con la Sentencia de fecha 27 de mayo de 2022, recaída en el Expediente N°001-2022, el candidato fue condenado a dos años de pena privativa de la libertad con carácter efectivo. Asimismo, mediante la referida resolución se dispuso la conversión de la pena impuesta en ciento cuatro (104) jornadas de prestación de servicios comunitarios.
Del mismo modo, la sentencia estableció que, una vez que esta quedara consentida o ejecutoriada, debía cumplirse en sus propios términos, disponiéndose la expedición de los correspondientes testimonios y boletines de condena.
En ese sentido, de la revisión de la información consignada por el candidato, se advierte que habría omitido declarar la referida condena, pese a tratarse de información relevante para su declaración. Por tanto, dicha omisión podría encontrarse comprendida en el supuesto previsto en el numeral 5 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), correspondiendo determinar, conforme a los actuados y a la normativa aplicable, las consecuencias jurídicas que dicha omisión pudiera generar.



 

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