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Sábado, 18 de enero del 2020 
COMUNIDAD CAMPESINA SANTO DOMINGO NO PUEDE INSCRIBIR DIRECTIVA POR TACHA DE REGISTROS PÚBLICOS 
Luego del proceso electoral en la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos, que incluso tuvo un episodio de enfrentamiento por algunos de los candidatos, esta vez esta vez la inscripción registral de la directiva que se dio por ganadora, no ha podido pasar el filtro legal de SUNARP Chiclayo. 
El pedido de inscripción, de la directiva comunal para el periodo 2020 – 2021, presentado el 27 de diciembre, arrojó una Anotación de Tacha de oficio que ha puesto en el limbo a la organización comunal. 
 Según SUNARP, la inscripción de nombramiento de la directiva comunal que encabeza José de los Santos Arroyo Soplopuco,“adolece de defecto insubsanable, que afecta su validez”. 
 Según la tacha, de la revisión de las actas de asamblea general del 13 de octubre del 2019, fecha en que se eligió al Comité Electoral no cumplen con las formalidades consignadas en el estatuto de la misma comunidad campesina. 
Detalla que el vocal del Comité Electoral, Tomás Carrasco Mío, asumió el cargo pese a que en la elección quedó en el quinto lugar de la votación al obtener 63 votos, mientras que el comunero Felicindo Sánchez Odar, escrutó 83 votos por lo tanto, éste último debió integrar el máximo organismo electoral comunal. 
Como los documentos redactados después de la convocatoria de las elecciones, llevan la firma de Carrasco Mío, todos ellos carecen de validez según el organismo registral. 
Señala la resolución SUNARP que “se procede a la tacha sustantiva de la presente rogatoria, por adolecer de defecto insubsanable que afecta la validez del título”. 
Pero estos no son todos los errores del proceso hallados por el registrador en su análisis. Detalla por ejemplo que no se ha adjuntado el Reglamento de Elecciones pese a que fue aprobado en la misma asamblea de elección del Comité Electoral. 
Del mismo modo se han detectado falencias en la transcripción de al libro de actas de la asamblea general y también se verifica que los datos del libro de la asamblea general de delegados difiere de con lo señalado en los antecedentes registrales en cuanto a la fecha de certificación , debiendo corregirse dicha incongruencia.
Documento por SUNARP respecto a la tacha de titulo de inscripción de directiva comuna. (Haga clic sobre la foto para ampliarla)
Haga clic sobre la foto para ampliarla.

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