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Jueves, 15 de Julio del 2021
CRONOLOGIA DE LA COMUNIDAD SANTO DOMINGO DE OLMOS
El  antiguo Olmos antes de la llegada de los españoles, era parte de la vasta región que se extendía en la costa norte desde los confines del señorío Chimú hasta el despoblado de Sechura.
 Con la conquista del Inca Huayna Cápac, el territorio del antiguo Olmos y sus habitantes quedó sometido al imperio Inca y no tardó en recibir los beneficios de su sabia legislación y con ella los caminos y canales que los pusieron en comunicación con otros pueblos del país e impulsaron la agricultura. Entre esta notable vía de comunicación estaba el Camino de Los Incas que unía Quito y Cajamarca y que pasaba por Olmos.
 El Olmos antiguo fue el primer pueblo por el que pasó Francisco Pizarro rumbo a Cajamarca en su atrevida empresa de conquistar el Imperio de Los Incas. Allí se encontraba el Inca Atahualpa. Fue el 20 de octubre de 1532 en que el conquistador  español llega a Fíloque, que pertenecía al Cacicazgo de Copiz.
Por ese entonces el Cacique Copiz ejercía administración sobre los Ayllus Santovélico, Guambra, Luizana, Catón y el propio Copiz que se convirtieron en la base determinante para la formación de la Comunidad de Indios de Olmos.
 Con la presencia española y el coloniaje, se establecen las llamadas encomiendas y se responsabilizó a Domingo Copiz para que canalice los tributos de los indios entre 18 a 50 años de edad los cuales eran pagados a los funcionarios españoles afincados en la ciudad de San Miguel de Piura.
  En 1544 a la llegada de Blasco Núñez de Vela, éste respalda los pagos hechos por los indios olmanos, por lo que funda y reconoce los territorios administrados por Copiz y que partían de la Hacienda Sasape, rumbo al noroeste con línea a Tongorrape, siguiendo por el Portachuelo, Puquio hasta el Artezón. De allí una línea avanza hacia Ñaupe y posteriormente por el Camino de los Incas  pasando por El Morante llegando hasta La Para.
De este punto vira al sector Cabo Verde.  Núñez de Vela confirma que las tierras del lado este le corresponden a Olmos y las del Oeste a Sechura.
Esto ocurrió el 9 de mayo de 1544 convirtiendo así de esta forma en la partida de nacimiento de lo que sería más tarde la Comunidad Santo Domingo de Olmos.
El 22 de abril de 1550 el pacificador Pedro de La Gasca refrenda con su visto bueno la propiedad de las tierras luego de verificar el pago de los indios  por derechos de encomienda ascendentes a 2 mil pesos,
 El 13 de abril de 1573 el Virrey Francisco de Toledo confirma a perpetuidad las tierras de los indios de Olmos firmando un documento donde insta a los pobladores a denunciar las usurpaciones. El territorio que Toledo reconoce parte del Cerro Artezón con dirección sur pasando por el Portachuelo, de donde toma la línea con dirección a Sasape y el Mar. Luego, señala que desde el Artezón  parte otra línea con dirección nor-oeste hacia el Cerro de Ñaupe, siguiendo línea recta por el Camino de Los Incas pasando por El Morante y llegando al punto conocido como La Para. Desde aquí con dirección sur y a tiro de arcabuz llegará a Llurú y de aquí hasta Punta de Aguja o el Mar, respetándose las haciendas o posesiones dadas en repartimiento por colonos y pueblos de Indios.
 Es en estas circunstancias que se funda el 27 de junio de 1573 el Pueblo de Santo Domingo reduciendo a uno solo las parcialidades de Copiz y Olmos.
Después del reconocimiento del Virrey Toledo, los naturales olmanos sostuvieron largos conflictos para conseguir se respete sus dominios contra la intromisión de los españoles que era presa de la codicia y es por ello que era común ver en ese entonces pedimentos de composición, amparos, deslindes y nulidad de transferencia que tuvieron su periodo crítico desde 1640.
En  1650 el Cacique Juan Fonquén arrienda parte de Tierras de Sincape al mulato Francisco Diaz Ventura.
En 1663, donde Francisco Benites Serrato se introduce en tierras ubicadas al este de Copiz sin pagar peso alguno.
 El abuso de los estancieros (arrendatarios españoles) generó la ruina y migración de la mayor parte de los naturales a otros sectores de la Comunidad.
 En 1711, los estancieros introducen ganado menor en las rinconadas de Ñaupe, Querpón, Chiarnique y otros lugares que contaban con jagüeyes y pastos motivando enfrentamientos entre los defensores de los comuneros e invasores.
 En 1824, durante el Gobierno de Bolívar se decreta que los indios propietarios de sus tierras puedan venderlas o enajenarlas y ordena el reparto de las tierras de la Comunidad entre los porcioneros, Así también se ordenó la venta de las haciendas delas cuales era propietario el estado. Es decir se incentivó la desintegración de las Comunidades rurales del Perú.
En 1893, se dispone la repartición de tierras a los comuneros de Olmos en forma de parcelas de cuatro cuadras cada una  a los mayores de 21 años.
La Constitución de 1920, restituye los derechos a las Comunidades de Indígenas que la Colonia les había otorgado y que casi un siglo la República se las había negado.
 Posteriormente la Constitución de 1931 reconoce la existencia legal y personería jurídica, garantizando la integridad de la propiedad comunal que se convierte en inembargable, imprescriptible e inajenable, salvo en caso de expropiación justificada previo pago.
 Lo  rescatable de este periodo que va desde 1931 hasta 1979 es la obtención del reconocimiento oficial de muchas comunidades de indígenas entre ellas la de Santo Domingo de Olmos; sin embargo los dirigentes no pudieron concluir con el proceso de titulación de tierras.
 Desde ese año (1931) El Personero o Apoderado era la máxima autoridad comunal. Por ese tiempo se intensifica en territorio olmano la elaboración y venta de carbón de algarrobo. Ya en el año de 1941 la Comunidad cobraba dos centavos por saco de este producto que era llevado a Trujillo o Lima.
Un fenómeno importante en lapso entre la Constitución de 1931 a 1979 lo constituye la Reforma Agraria aplicada en mérito a la ley 17716 promulgada el 24 de junio de 1969.
Es aquí donde se bautiza como Comunidad Campesina Santo Domingo, perdiendo la denominación de “Indígena”. Se creó la Dirección General de Comunidades y se le encargó la responsabilidad de reestructuras estas instituciones.
A partir de 1971, la Comunidad, pasa a ser dirigida por un Consejo de Administración y un Consejo de Vigilancia por un periodo de dos años, tal como lo establece el DS 037-70 A, Estatuto Especial de Comunidades.
Desde 1993 a la fecha las Comunidad es administrada por una directiva comunal compuesta por nueve integrantes.
A partir del año 2000, se genera una crisis dirigencial durante la gestión de Gerardo Pupuche Monja que culmina en febrero con la designación de una Junta Transitoria presidida por Orlando Mío Pupuche.
En el 2004 nuevamente los problemas se agudizan en el aparato administrativo, debido a que los Presidente o directivas salientes no llegaron a entregar documentos y acervos comunales.
La situación se normalizó años después hasta la actualidad donde el Presidente de la institución ancestral es el comunero José de los Santos Arroyo Soplopuco.

 Local de la Comunidad Campesina "Santo Domingo" de Olmos.


 

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