Domingo, 12 de marzo del 2023
-KITS DE REVOCATORIA PARA AUTORIDADES MUNICIPALES PODRÁN
ADQUIRIRSE A PARTIR DEL 3 DE JUNIO
-JURADO NACIONAL APROBÓ EL CRONOGRAMA PARA LA REVOCATORIA
DE AUTORIDADES MUNICIPALES Y REGIONALES
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó
el cronograma electoral para la realización de la consulta de revocatorias de
autoridades regionales y municipales en el periodo 2023-2026, prevista para el
8 de junio de 2025.
En la resolución
0120-2024-JNE, emitida por el ente principal del Sistema Electoral,
se indica que entre el 3 de junio y el 26 de setiembre los promotores de las
revocatorias podrán adquirir los kits con los que recabarán las firmas de
adherentes necesarias para respaldar dichos pedidos.
Estas deben ser reunidas en un número equivalente,
como mínimo, al 25% de los electores de las jurisdicciones correspondientes.
A través de esta consulta, los ciudadanos se
pronunciarán respecto a la continuidad en el cargo de alcaldes, regidores,
gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, determinando si
sus mandatos deben ser revocados o no.
CRONOGRAMA
El cronograma establecido señala que el 8 de junio
es la fecha de cierre del padrón electoral.
El 11 de octubre vencerá el plazo para que los
promotores de las revocatorias puedan remitir al Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil (Reniec) las solicitudes de verificación de las
firmas de adherentes.
Con las firmas verificadas, se podrán presentar
hasta el 21 de noviembre las solicitudes de revocatoria a la Oficina Nacional
de Procesos Electorales. El plazo para que dicho organismo evalúe el
cumplimiento de los requisitos vence el 21 de diciembre.
Asimismo, el Reniec remitirá al JNE el padrón
electoral el 25 de noviembre y lo publicará entre los días 5 y 9 de febrero de
2025.
l 10 de marzo de 2025 se efectuará la convocatoria a las
consultas de revocatoria en las circunscripciones en las que se cumplieron
los requisitos establecidos.
Hasta el 21 de marzo de 2025 el JNE tiene plazo para
aprobar el padrón de electores que participarán en la consulta que se
efectuará finalmente el 8 de junio de 2025.
¿QUÉ NÚMERO DE
FIRMAS DE ADHERENTES SE REQUIERE PARA SOLICITAR LA CONVOCATORIA A CONSULTA
POPULAR DE REVOCATORIA DE AUTORIDADES DEL DISTRITO DE OLMOS ?
El número mínimo de adherentes es del veinticinco por ciento (25%) del
total de electores, y el número total de firmas para solicitar la revocatoria,
del alcalde y regidores del distrito de Olmos, , es de 8,797, según lo
establece la Resolución N° 0033-2023-JNE
El Jurado Nacional fijó para el domingo 8 de junio del 2025 la consulta popular de revocatoria.
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