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Domingo, 12 de marzo del 2023
-KITS DE REVOCATORIA PARA AUTORIDADES MUNICIPALES PODRÁN ADQUIRIRSE A PARTIR DEL 3 DE JUNIO
-JURADO NACIONAL APROBÓ EL CRONOGRAMA PARA LA REVOCATORIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES Y REGIONALES
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el cronograma electoral para la realización de la consulta de revocatorias de autoridades regionales y municipales en el periodo 2023-2026, prevista para el 8 de junio de 2025.
En la resolución 0120-2024-JNE, emitida por el ente principal del Sistema Electoral, se indica que entre el 3 de junio y el 26 de setiembre los promotores de las revocatorias podrán adquirir los kits con los que recabarán las firmas de adherentes necesarias para respaldar dichos pedidos.
Estas deben ser reunidas en un número equivalente, como mínimo, al 25% de los electores de las jurisdicciones correspondientes.
A través de esta consulta, los ciudadanos se pronunciarán respecto a la continuidad en el cargo de alcaldes, regidores, gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, determinando si sus mandatos deben ser revocados o no. 
CRONOGRAMA
El cronograma establecido señala que el 8 de junio es la fecha de cierre del padrón electoral.
El 11 de octubre vencerá el plazo para que los promotores de las revocatorias puedan remitir al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) las solicitudes de verificación de las firmas de adherentes.
Con las firmas verificadas, se podrán presentar hasta el 21 de noviembre las solicitudes de revocatoria a la Oficina Nacional de Procesos Electorales. El plazo para que dicho organismo evalúe el cumplimiento de los requisitos vence el 21 de diciembre.
Asimismo, el Reniec remitirá al JNE el padrón electoral el 25 de noviembre y lo publicará entre los días 5 y 9 de febrero de 2025.
l 10 de marzo de 2025 se efectuará la convocatoria a las consultas de revocatoria en las circunscripciones en las que se cumplieron los requisitos establecidos.
Hasta el 21 de marzo de 2025 el JNE tiene plazo para aprobar el padrón de electores que participarán en la consulta que se efectuará finalmente el 8 de junio de 2025.
¿QUÉ NÚMERO DE FIRMAS DE ADHERENTES SE REQUIERE PARA SOLICITAR LA CONVOCATORIA A CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DE AUTORIDADES DEL DISTRITO DE OLMOS ?
El número mínimo de adherentes es del veinticinco por ciento (25%) del total de electores, y el número total de firmas para solicitar la revocatoria, del alcalde y regidores del distrito de Olmos, , es de 8,797, según lo establece la Resolución N° 0033-2023-JNE


 El Jurado Nacional fijó para el domingo 8 de junio del 2025 la consulta popular de revocatoria.

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