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Sábado, 30 de abril del 2022
JUZGADO DE MOTUPE INSTA A EX COMITÉ ELECTORAL COMUNAL PARA QUE RECIBA FORMALMENTE LA SENTENCIA DE NULIDAD DE ELECCIONES.
El Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Motupe, decidió no tramitar el escrito de apelación a la sentencia de nulidad de las elecciones en la Comunidad Campesina “Santo Domingo” de Olmos, hasta que los miembros del Comité Electoral 2021 cumplan con suscribir los recibidos de la notificación de la resolución 5 donde se dispone la nulidad del proceso.
ESTE ES EL TENOR DE LA RESOLUCIÓN SEIS
JUZGADO CIVIL-MBJ MOTUPE
EXPEDIENTE : 02722-2021-0-1708-JR-CI-01
MATERIA : ACCION DE AMPARO
JUEZ : PURIHUAMAN DIAZ ESGAR
ESPECIALISTA : BALLENA CUSTODIO TOMAS
DEMANDADO : BECERRA BENITES, HUGO OYOLA MONJA, JORGE TITO TORRES CARRASCO, LUIS RICARDO
DEMANDANTE : PUSE MONJA, MARTIN TESEN PARRA, GENARO PUSE MONJA, YONNY CALVAY SANCHEZ, SEFERINO BENITES MAYANGA, EDITH
Resolución Nro. SEIS.
Motupe, veintiocho de abril Del dos mil veintidós.-
Con las cédulas de notificación devueltas sin diligenciar que contiene la sentencia expedida en autos, de los demandados Jorge Tito Oyola Monja, Luis Ricardo Torres Carrasco y Hugo Becerra Benites, dirigida a su Casilla Judicial de su abogada Katerin I. Romero Salinas, donde se consigna “casilla no existe”, en consecuencia, teniendo en cuenta lo señalado por el Artículo 155-E de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se DISPONE:
NOTIFICAR con la sentencia expedida en autos, a los demandados Jorge Tito Oyola Monja, Luis Ricardo Torres Carrasco y Hugo Becerra Benites, en el local institucional de la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos, conforme lo han señalado en su escrito de contestación de la demanda; Resérvese su proveído del escrito de apelación presentado por la abogada Katerin I. Romero Salinas, con fecha 25 del presente mes hasta que se devuelvan los cargos de notificación; al escrito de apelación presentado el día 22 del presente mes, por el abogado José Antero Yarlaque Bances, resérvese su proveído para ser proveído juntamente con la apelación de los demás demandados; proveyendo el escrito presentado por doña María Angélica Benites Pasapera, Marcos Miguel Reinosa Torres, Roger Purizaca Mío, Feliciano Sánchez Odar, José Yovany Pupuche Puse, Gladys Carrasco Coico y Ana Paula Serrato Valladolid, que no siendo parte en el presente proceso, agréguese a los autos el presente escrito.-
NOTIFIQUESE conforme a ley.-


 

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