Sábado, 13 de Agosto del 2022
-JOSÉ ARROYO SOPLOPUCO SIGUE FIRME COMO CANDIDATO A LA
ALCALDÍA DE OLMOS.
-JURADO ELECTORAL DECLARÓ IMPROCEDENTE TACHA PRESENTADA
POR EL CORRELIGIONARIO HUGO MÍO MÍO.
Mediante Resolución N° 01087-2022-JEE-CHYO/JNE, emitida
por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, se declaró infundada la tacha
interpuesta por el ciudadano y militante de Acción Popular, Hugo Mío en contra
del candidato a la alcaldía de Olmos, José de los Santos Arroyo Soplopuco, del
partido de Acción Popular.
Según la resolución emitida por el colegiado, señala que
el escrito de interposición de tacha presentada por el ciudadano Mío Mío en
contra del candidato a alcalde José de los Santos Arroyo Soplopuco para el
Concejo Municipal Distrital de Olmos, cuestiona que la candidatura del señor
Seferino Calvay Sánchez, no haya sido inscrito por la presidenta del Órgano
Electoral Central del partido político y sí haya inscrito a una lista que no
correspondía, sin embargo la presente tacha no alcanza a recaer sobre actos
ajenos a esta instancia jurisdiccional, toda vez, que dicha prerrogativa
corresponde al Órgano Electoral Central de cada organización política.
Respecto del cuestionamiento del señor José de los Santos
Arroyo Soplopuco quien mediante Resolución N°29-2022-CEDLAM-AP, de fecha 4 de
marzo del 2022, fue declarada improcedente su solicitud de inscripción ante el
Comité Electoral Departamental de Acción Popular; se aprecia de la Resolución
adjuntada, que dicha improcedencia está referida al no cumplimiento de la cuota
juvenil, y de acuerdo al literal c del artículo 26 del Reglamento Internas,
corresponde velar por el cumplimiento de las cuotas electorales al órgano
electoral central, que al presente caso se denomina Comité Nacional electoral,
por lo que si bien en un primer momento existió una improcedencia, esta no
tenía firmeza, toda vez, que la instancia superior del Comité Electoral
Descentralizado tenía competencias para pronunciarse y velar por el correcto
cumplimiento
Con relación a que el Comité Electoral Nacional nunca ha
emitido Resolución respecto a la apelación que haya presentado El Candidato, se
precisa señalar que la lista presentada por la Organización Política al
distrito de Olmos, se encuentra debidamente firmada por el Comité Nacional
Electoral, la cual da validez ante este Órgano Colegiado.
Finalmente el Tachante señala que el señor José de los
Santos Arroyo Soplopuco ha omitido información en su declaración jurada como es
el estar investigado por fraude en administración de persona jurídica, banda
criminal, defraudación y otros delitos; se precisa señalar que la Declaración
Jurada de Hoja de Vida obliga a declarar a los candidatos son las sentencias
contra ellos, no las investigaciones; toda vez, que se encuentra dentro de un
proceso en el Poder Judicial y no se ha determinado la culpabilidad por la cual
pueda ser juzgado ante la opinión pública al momento de formar su decisión, así
tampoco no se adjunta ninguna sentencia condenatoria en su escrito de tacha.
No hay comentarios:
Publicar un comentario