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Viernes, 8 de agosto del  2014
DECLARAN IMPROCEDENTE PEDIDO DE VACANCIA DE ALCALDE DE OLMOS 
La mayoría de regidores (6) votaron en contra del pedido de vacancia en sesión de concejo que duró una hora y cincuenta minutos. 
El alcalde del distrito de Olmos Willy Serrato Puse, permanecerá en el cargo debido a que el pedido de vacancia por causal de restricciones de contratación solicitado en su contra por los ciudadanos Enrique Mío Carmona y Francisco Javier More Monja  no fue aprobado por regidores. 
Fue en la sesión de concejo que se realizó esta mañana, donde seis  regidores votaron en contra del pedido y solo uno se manifestó a favor de la destitución edil. 
Como se recuerda el pedido de vacancia fue solicitado por los ciudadanos Enrique Mío Carmona y Francisco Javier More Monja  quienes señalaban que el alcalde habría caído en la causal de restricciones de contratación, contemplada en el artículo 22, inciso 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 
 El abogado de la parte peticionante  , no se hizo presente pese a que fue acreditado para la exposición.
Por su parte el abogado de la otra parte José Lombardi Pingo expuso los motivos por la que no se configuraba dicha causal.
Luego de debate, los regidores Lizandro Mío Pupuche, Luis Barandiarán Gonzaga, Luz Benites Soplopuco, José Alex Maza Ramos y Edil Alejandro More Chumán y Willian Soplopuco Ruiz votaron en contra del pedido de vacancia, en tanto que la regidora María Jesús Serrato votó por la salida del burgomaestre olmano. 
La sesión extraordinaria se desarrolló en el auditorio “Willy López Millian” de la Municipalidad Distrital de Olmos, el cual lució con público durante el tiempo que duraron las exposiciones. 
 Como se sabe los ciudadanos Mío Carmona y More Monja presentaron el expediente de solicitud en las oficinas del Jurado Nacional de Elecciones quien notificó a los representantes de la Municipalidad Distrital de Olmos para que se convoca a sesión extraordinaria en un plazo no mayor de cinco días hábiles, y resuelve, en sesión extraordinaria, en un plazo no mayor de treinta días hábiles. 
Los peticionarios señalan que la Municipalidad contrató los servicios Julia Mireya Lamadrid Obando, cuando ésta es nombrada en el sector educación y al mismo tiempo le brindó servicios varios. 
En tal sentido, según los recurrentes la citada ciudadana percibió doble remuneración, lo que está prohibido por el artículo 40 de la Constitución, motivo por el cual se invoca la causal de restricciones de contratación, contemplada en el artículo 22, inciso 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 
Cabe indicar, que es la tercera vez, que se trata un pedido de vacancia del alcalde Willy Serrato Puse, quien salió airoso en todas ellos.
 
Alcalde Willy Serrato Puse, junto al Secretario General de la Municipalidad José del Carmen Chero Martínez. (Foto de archivo)
El abogado José Lombardi expuso los motivos por la que no se configuraba la causal de vacancia.

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