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Miércoles, 24 de abril del 2019 
ALCALDE DE CORRAL DE ARENA SALUDA PROMULGACION DE LEY QUE MODIFICA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES SOBRE CENTROS POBLADOS 
El alcalde de Corral de Arena,Ruitor Odar Puse, saludó la publicación de la ley donde se modifica la “Ley Orgánica de Municipalidades”, respecto a los municipios de centros poblados. 
“Se hizo justicia a los pedidos de los alcaldes de las zonas rurales del Perú, por los cuales hemos luchado durante varios años”; señaló el burgomaestre: 
Como se sabe ayer se publicó en la separata de normas del diario El Peruano, la ley donde se modifican los artículos 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134 y 135 de la Ley 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”. 
Según la norma las municipalidades de centros poblados son órganos de administración de las funciones y los servicios públicos locales que les son delegados. Además, son creadas por ordenanza de la municipalidad provincial, con el voto favorable de los dos tercios del número legal de regidores. Además, el concejo municipal de centro poblado está integrado por un alcalde y cinco regidores, que son elegidos por un periodo de cuatro años. 
La municipalidad provincial o distrital, según corresponda, acuerda la entrega de recursos presupuestales, propios y de su libre disponibilidad, a la municipalidad de centro poblado, con arreglo a la normativa presupuestal vigente. 
 También se establece que las municipalidades de los centros poblados en funcionamiento se deben adecuar a las disposiciones de la presente ley en el plazo de dos años a partir de su publicación. 
Si transcurrido el plazo no se hubiera emitido la ordenanza de adecuación conforme a la norma, la municipalidad del centro poblado es desactivada, pudiendo continuar operando como agencia municipal, para lo cual se deberán emitir los acuerdos necesarios.
Ruitor Odar Puse, en una foto del recuerdo cuando estuvo en Lima, reclamando mejoras para los Centros Poblados.

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