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Miércoles, 19 de Noviembre del 2025
COMUNICADO DEL PROYECTO ESPECIAL OLMOS TINAJONES
Frente a la difusión recurrente de informes periodísticos publicados por determinados medios de comunicación locales, sobre el proceso de contratación del servicio de dragado para el embalse Limón del Proyecto Olmos, elaborados sin contraste documental, sin consulta a fuentes oficiales y con apreciaciones que no se corresponden a la realidad, el Proyecto Especial Olmos Tinajones – PEOT considera necesario comunicar a la opinión pública, con precisión y claridad, los aspectos técnicos y normativos que rigen este proceso, a fin de evitar que información descontextualizada o construida sobre supuestos, genere confusión.
1. El proceso de contratación del servicio de dragado se desarrolla en el marco de la situación de emergencia, debidamente sustentada por las áreas técnicas y jurídicas del PEOT. En tal condición, dicho proceso no comprende una fase selectiva regular, en estricta aplicación de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. Por ello, la contratación directa correspondiente se ejecuta conforme a los mecanismos excepcionales previstos en la normativa vigente.
2. En ese contexto, el PEOT ha cursado invitaciones formales a cuatro empresas que manifestaron su interés en prestar el servicio, de las cuales tres presentaron cotizaciones oficiales, actualmente en etapa de levantamiento de observaciones. A todas ellas se les ha otorgado como plazo máximo el miércoles 19 de noviembre del 2025, para presentar sus propuestas definitivas. Este procedimiento se desarrolla bajo criterios técnicos, administrativos y de mercado compatibles con la naturaleza de la contratación directa, sin que ello implique procesos de evaluación propios de un procedimiento de selección regular.
3. Los términos de referencia - TDR han sido preparados por la Gerencia General, con apoyo de la Dirección de Operación y Mantenimiento y de la Dirección de Supervisión de Contratos de Concesión, sustentándose en informes especializados elaborados por empresas internacionales expertas, como “Lombardi Engineering Group”. Asimismo, la revisión del cumplimiento de los TDR está a cargo de la Gerencia General con la participación de las áreas internas competentes en materia técnica y de contrataciones del Estado, focalizándose en la verificación formal y administrativa que exige la ley.
4. Es importante precisar que, conforme a la normativa aplicable en situaciones de emergencia, no existe una fase de evaluación técnica como la que algunos medios han señalado, pues la responsabilidad técnica recae en las áreas especializadas del PEOT, mientras que la revisión administrativa se limita a corroborar el cumplimiento de los requisitos formales. Por tanto, las afirmaciones difundidas acerca de supuestas evaluaciones, obligaciones o competencias inexistentes en el marco normativo no tienen fundamento.
5. El PEOT rechaza la circulación de información falsa, inexacta y tendenciosa, elaborada sin verificación mínima y sin el rigor que la actividad periodística demanda, lo que ha generado la distorsión de hechos y desinformación. Estas publicaciones no solo omiten la normativa vigente, sino que presentan interpretaciones ajenas a la realidad del proceso de contratación.
Finalmente, La Gerencia General del PEOT informa que prepara el inicio de acciones legales frente a las publicaciones identificadas como falsas y carentes de sustento, pues además de difundir datos sin verificación, tendenciosas, generan interpretaciones equivocadas y atribuyen responsabilidades inexistentes. La entidad recuerda que se mantienen abiertos sus canales para brindar información técnica que facilite una comprensión adecuada del proceso de dragado y de los demás proyectos que ejecuta la institución como Operador Hidráulico de los sistemas Olmos y Tinajones.
Asimismo, precisa que los avances y decisiones institucionales han sido y serán informados oportunamente a la ciudadanía mediante reportes oficiales y comunicaciones sostenidas, por lo que cualquier versión sin ajuste a estos documentos, afecta la claridad del debate público, además de atentar contra la imagen institucional y el trabajo de los servidores del PEOT.
PEOT, 19 de noviembre del 2025.

COMUNICADO DEL PROYECTO ESPECIAL OLMOS TINAJONES
 

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