Miércoles, 19 de Noviembre del 2025
COMUNICADO DEL PROYECTO ESPECIAL OLMOS TINAJONES
Frente a la difusión recurrente de informes periodísticos
publicados por determinados medios de comunicación locales, sobre el proceso de
contratación del servicio de dragado para el embalse Limón del Proyecto Olmos,
elaborados sin contraste documental, sin consulta a fuentes oficiales y con
apreciaciones que no se corresponden a la realidad, el Proyecto Especial Olmos
Tinajones – PEOT considera necesario comunicar a la opinión pública, con
precisión y claridad, los aspectos técnicos y normativos que rigen este
proceso, a fin de evitar que información descontextualizada o construida sobre
supuestos, genere confusión.
1. El proceso de contratación del servicio de dragado se
desarrolla en el marco de la situación de emergencia, debidamente sustentada
por las áreas técnicas y jurídicas del PEOT. En tal condición, dicho proceso no
comprende una fase selectiva regular, en estricta aplicación de la Ley Nº
32069, Ley General de Contrataciones Públicas. Por ello, la contratación
directa correspondiente se ejecuta conforme a los mecanismos excepcionales
previstos en la normativa vigente.
2. En ese contexto, el PEOT ha cursado invitaciones
formales a cuatro empresas que manifestaron su interés en prestar el servicio,
de las cuales tres presentaron cotizaciones oficiales, actualmente en etapa de
levantamiento de observaciones. A todas ellas se les ha otorgado como plazo
máximo el miércoles 19 de noviembre del 2025, para presentar sus propuestas
definitivas. Este procedimiento se desarrolla bajo criterios técnicos, administrativos
y de mercado compatibles con la naturaleza de la contratación directa, sin que
ello implique procesos de evaluación propios de un procedimiento de selección
regular.
3. Los términos de referencia - TDR han sido preparados
por la Gerencia General, con apoyo de la Dirección de Operación y Mantenimiento
y de la Dirección de Supervisión de Contratos de Concesión, sustentándose en
informes especializados elaborados por empresas internacionales expertas, como
“Lombardi Engineering Group”. Asimismo, la revisión del cumplimiento de los TDR
está a cargo de la Gerencia General con la participación de las áreas internas
competentes en materia técnica y de contrataciones del Estado, focalizándose en
la verificación formal y administrativa que exige la ley.
4. Es importante precisar que, conforme a la normativa
aplicable en situaciones de emergencia, no existe una fase de evaluación
técnica como la que algunos medios han señalado, pues la responsabilidad
técnica recae en las áreas especializadas del PEOT, mientras que la revisión
administrativa se limita a corroborar el cumplimiento de los requisitos
formales. Por tanto, las afirmaciones difundidas acerca de supuestas
evaluaciones, obligaciones o competencias inexistentes en el marco normativo no
tienen fundamento.
5. El PEOT rechaza la circulación de información falsa,
inexacta y tendenciosa, elaborada sin verificación mínima y sin el rigor que la
actividad periodística demanda, lo que ha generado la distorsión de hechos y
desinformación. Estas publicaciones no solo omiten la normativa vigente, sino
que presentan interpretaciones ajenas a la realidad del proceso de
contratación.
Finalmente, La Gerencia General del PEOT informa que
prepara el inicio de acciones legales frente a las publicaciones identificadas
como falsas y carentes de sustento, pues además de difundir datos sin
verificación, tendenciosas, generan interpretaciones equivocadas y atribuyen
responsabilidades inexistentes. La entidad recuerda que se mantienen abiertos
sus canales para brindar información técnica que facilite una comprensión
adecuada del proceso de dragado y de los demás proyectos que ejecuta la
institución como Operador Hidráulico de los sistemas Olmos y Tinajones.
Asimismo, precisa que los avances y decisiones
institucionales han sido y serán informados oportunamente a la ciudadanía
mediante reportes oficiales y comunicaciones sostenidas, por lo que cualquier
versión sin ajuste a estos documentos, afecta la claridad del debate público,
además de atentar contra la imagen institucional y el trabajo de los servidores
del PEOT.
PEOT, 19 de noviembre del 2025.
COMUNICADO
DEL PROYECTO ESPECIAL OLMOS TINAJONES

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