Lunes, 20 de abril del 2020
FERIA DE LA CHACRA A LA OLLA SE REALIZARÁ LOS DÍAS MARTES, JUEVES Y SÁBADOS
La Municipalidad Distrital de Olmos, emitió un documento la reglamentación de la Feria Agropecuaria “De la chacra a la Olla”, donde regula su funcionamiento para el conocimiento de la población en general.
Se trata del reglamento interno de la citada feria, donde los participantes tendrán que cumplir para el lograr el objetivo de beneficiar a la población en estos momentos por la que viene atravesando el país.
La citada feria, se realizará los días martes, jueves y sábado en las instalaciones del nuevo mercado de abastos.
A continuación les transcribimos el tenor del Reglamento Interno.
REGLAMENTO INTERNO.
Por medio de este instrumento y su aplicación se
instauran los controles internos de la I Feria agropecuaria de Olmos,
promoviendo el funcionamiento ordenado de la misma.
CAPÍTULO I- DISPOSICIONES GENERALES
1. Para los efectos de aplicación del siguiente
reglamento, se considera feria agropecuaria al conjunto de puestos que pueden
ser fijos o móviles que funcionan como una unidad, en un lugar autorizado por
la Municipalidad Distrital de Olmos y supervisado por la misma.
2.La feria agropecuaria funcionará en el mercado nuevo
del distrito de Olmos, autorizado por la Municipalidad Distrital de Olmos
3.La feria agropecuaria funcionará de 8:00 horas hasta
las 13:00 horas. Los productores deben estar antes de la hora de apertura a fin
de instalarse en los espacios dispuestos por la Municipalidad distrital de
Olmos.
4.Los productores deben garantizar la higiene del lugar,
así como también la sanidad y calidad de los productos ofrecidos al público.
Adecuando los medios para su supervisión por el Municipio del distrito de
Olmos.
5.Los productos expuestos serán directamente del
productor al consumidor (sin intermediarios).
6.La feria
constará con una balanza testigo, a fin que los consumidores verifiquen con
exactitud el peso de la compra que hubiera efectuado en la feria.
CAPÍTULO II- DE LOS PUESTOS
7.Cada puesto constará de máximo dos personas
responsables, quienes deberán acondicionar adecuadamente su lugar de venta.
8.Teniendo en cuenta la finalidad socio-económico que la
misma debe cumplir, la venta exclusiva al por menor de los productos, cada
puesto deberá contar con balanza. Capítulo III. De los productores
9.Los productores quedan obligados a observar el mayor de
los respetos y total acatamiento a todas las disposiciones por la Municipalidad
Distrital de Olmos; reglamento, disposiciones vigentes referidas al
ordenamiento, funcionamiento y aspectos higiénicos con referencia a la feria.
10. Es responsabilidad de todos los productores estar
bien presentados en lo que respecta al aseo personal, ropa limpia, guantes y
mascarilla para la manipulación de productos, así como limpieza del sector
donde está comercializando sus productos.
11. Aceptar siempre de buena manera las opiniones, las
críticas, sugerencias y pedidos de los consumidores, evitando así discusiones y
actitudes que podrían perjudicar la imagen de la feria.
12. Si por algún motivo un integrante de la feria
agropecuaria tiene problemas, deberá plantearlo ante un responsable de la
Municipalidad Distrital de Olmos.
13. Al terminar el horario de cierre de la feria, todos
los productores procederán al retiro de su mercancía con la mayor rapidez
posible. Debiendo dejar el puesto o espacio en perfecto estado de limpieza, en
un tiempo que no debe excederse de 30 minutos.
14. Queda prohibido al productor vender productos de otro
rubro que no sea el solicitado ante la Municipalidad Distrital de Olmos.
Capítulo IV – Seguridad e higiene
15. Los productos y artículos comestibles que el
productor lleve a la feria para la venta, deberán ser de buena calidad y
ajustarse a las normas de seguridad y presentación que al efecto determine la
Municipalidad Distrital de Olmos.
16. Queda terminantemente prohibido, la tenencia de cualquier
variedad de animal doméstico en los puestos.
17. Las carnes que expendan en la feria, deberán ser de
primera calidad, quedando terminantemente prohibido en los puestos la tenencia
o venta de carnes tipificadas como de conservas, salvo autorización de la
Municipalidad Distrital de Olmos.
18. Las hortalizas deberán ser exhibidas, limpias para su
venta, quedando prohibido el lavado de las mismas en los puestos.
19. Cada productor está obligado a dejar limpio el puesto
de los desperdicios que se produzcan en el día. Debiendo proceder a su descarga
en lugar de designar a terceros.
Capítulo V – Administración y Asistencia
Técnica
20. La feria será administrada y supervisada por la
Municipalidad Distrital de Olmos, cuyas facultades están contempladas en los párrafos
anteriores.
21. Para el mejor funcionamiento de la feria se contará
con un libro de registro e inventario de bienes.
CAPÍTULO VI – PENALIDADES
22. De no cumplirse con los puntos del reglamento,
estarán sujetos a las siguientes sanciones: Al cometer una infracción, el
productor debe ser advertido en forma verbal. En caso de reincidir deberá ser
suspendido y con lo cual no podrá comercializar en la feria.
La Feria agropecuaria se desarrollará tres veces a la semana.
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